
lunes, 10 marzo, 2025


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El Tribunal supremo desestima la demanda interpuesta por el director del geriatrico de Linares contra Juana Cruz
El despacho CH Abogados, logra un importante triunfo en el Tribunal Supremo en defensa del derecho a la libertad de expresión de una trabajadora del geriátrico de Linares y concejala de su ayuntamiento en el momento de los hechos.
El despacho CH Abogados, logra un importante triunfo en el Tribunal Supremo en defensa del derecho a la libertad de expresión de una trabajadora del geriátrico de Linares y concejala de su ayuntamiento en el momento de los hechos.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por Juana Cruz, trabajadora del geriátrico de Linares y concejala del Ayuntamiento en el momento de los hechos, en la demanda por intromisión ilegítima al honor interpuesta por el director del centro.
El litigio se originó a raíz de las manifestaciones realizadas por la Sra. Cruz en diversos medios de comunicación de ámbito nacional, en los que criticaba públicamente la falta de recursos y material suministrado durante el estado de alarma debido a la incidencia del virus Covid-19 en el centro geriátrico. El director del geriátrico, entendiendo que dichas manifestaciones atentaban contra su honor, interpuso demanda solicitando una indemnización por la presunta intromisión.
La dirección técnica de la defensa del director del centro, ha sido llevada a cargo de la letrada Cynthia Ruiz, letrada especialista en este tipo asuntos, habiendo defendido entre otros famosos a Isabel Pantoja y su familia, habiendo obtenido indemnizaciones millonarias para sus clientes de Mediaset por intromisiones al honor de sus clientes.
Sin embargo, la Sentencia del Tribunal Supremo ha determinado que, ninguna de las manifestaciones realizadas por la Sra. Cruz, atentaban contra el honor del demandante, absolviéndola de abonar ningún tipo de indemnización, ya que, ninguna en ninguna de las manifestaciones realizas se concretaba en la figura del director, habiendo tenido en cuenta el Tribunal el contexto en las que se realizaron, una situación nueva extrema para la que no estábamos preparados, el Covid -19. En este sentido, la sentencia anula tanto la decisión dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Linares, como la posterior confirmación realizada por la Audiencia Provincial de Jaén, condenando al director al pago de las costas de primera instancia.
El letrado Carlos Chamorro Gámez, abogado de Sra. Cruz y responsable del caso, se ha mostrado profundamente satisfecho con el resultado. "Este fallo nos llena de orgullo, ya que, después de cinco años de trabajo, se ha hecho justicia. El Tribunal Supremo ha puesto de manifiesto la importancia de defender el derecho a la libertad de expresión, particularmente cuando se trata de cuestiones de interés público relacionadas con la salud y el bienestar de los más vulnerables. Este caso refuerza la posición de CH Abogados como un despacho comprometido con la defensa de los derechos fundamentales y el acceso a la justicia, incluso en situaciones complejas que involucran a figuras públicas", señaló Chamorro Gámez.


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